Descripción general de la ayuda

Resolución provisional

Con fecha de hoy, la Dirección General de Política de la Pequeña y Mediana Empresa ha notificado electrónicamente a todos los solicitantes afectados la Propuesta de Resolución Provisional de concesión de ayudas a la implantación y desarrollo de la responsabilidad social en las pequeñas y medianas empresas de la convocatoria de 2011, a la vista de los acuerdos adoptados por la Comisión de Evaluación reunida el día 19 de julio de 2011.

Fecha de comunicación: 21 de julio de 2011

Los solicitantes disponen de un plazo de 10 días, a partir de la fecha y hora de puesta a disposición de cada notificación en la sede electrónica del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, para aceptar la ayuda propuesta y aportar la documentación requerida, rechazarla o formular alegaciones.

Para acceder a la propuesta de resolución provisional de cada expediente, el solicitante deberá:

  1. Consultar el documento “Listado provisional de ayudas concedidas” publicado en esta misma página, para ver si figura entre los solicitantes con ayuda propuesta.
  2. En caso afirmativo, puede consultar su propuesta provisional  en el apartado Notificaciones electrónicas  de la sede electrónica, o bien mediante la consulta del Registro electrónico, en ambos casos con el certificado de usuario de la persona que presentó la solicitud.
  3. Si consulta el expediente en el registro electrónico, debe acceder al documento “Notificación resolución provisional”, que sólo aparecerá si su expediente figura en la lista de las ayudas propuestas.
  4. Para poder ver la propuesta, previamente se deberá firmar electrónicamente la aceptación de su notificación, con el certificado digital de la persona que presentó la solicitud. Después de esta aceptación se podrá consultar la propuesta como cualquier otro documento incorporado al expediente electrónico. Junto a la propuesta estará el documento “Aceptación de ayuda”, ya relleno con los mismos importes de concesión que figuran en la propuesta.
  5. La concesión provisional por parte del solicitante debe ser bien “Aceptada”, bien “Rechazada”, o bien realizar alegaciones a la misma.
  6. Si se desea aceptar la concesión provisional, debe acceder al “Formulario de aceptación de ayuda Iniciativa RSE-PYME” situado más abajo. Se deberá indicar el código del expediente que se desea aceptar, y se debe adjuntar obligatoriamente el documento de “Aceptación de ayuda” que se encuentra junto al de “Notificación resolución provisional” en el expediente electrónico del registro.
    • El documento de aceptación debe ser firmado electrónicamente con la aplicación eCoFirma por el responsable de la entidad solicitante (o los responsables para casos de firmas mancomunadas). A la aplicación eCoFirma se puede acceder en la sede electrónica del ministerio, en el apartado de “Utilidades” y en la opción de “eCoFirma (Utilidad de copia y firma electrónica)” en donde se encuentran las correspondientes instrucciones.
    • Si el responsable o responsables de la entidad hubieran cambiado y no fueran los mismos que cuando se realizó la presentación de poderes, deben volver a aportar la nueva documentación en la que se acredite dicha representación, y adjuntarla en el “Formulario de aceptación de ayuda Iniciativa RSE-PYME”, también firmados con eCoFirma.
    • En el supuesto de solicitarles documentación de estar al corriente de las obligaciones con la Agencia Estatal Tributaria o con la Tesorería General de la Seguridad Social, o con la correspondiente Agencia Foral tributaria, deben añadirla en este “Formulario de aceptación de ayuda”.
    • Por último el responsable de la entidad solicitante debe firmar el “Formulario de aceptación de ayuda Iniciativa RSE-PYME” con su firma electrónica.
  7. Si se opta por rechazar la ayuda propuesta, acceder al “Formulario de rechazo de ayuda Iniciativa RSE-PYME” situado más abajo. Se deberá indicar el código del expediente a rechazar, y firmarlo el responsable de la entidad correspondiente.
  8. Si se desean realizar alegaciones a la propuesta de resolución provisional, acceder al “Formulario de alegaciones a la propuesta de resolución provisional Iniciativa RSE-PYME” situado más abajo, en donde además de indicar el código del expediente, se indicarán las razones de alegación y se podrá adjuntar la documentación que consideren oportuna.

Una vez resueltas las alegaciones que se formulen, se publicará en esta misma dirección de Internet la relación de expedientes afectados, desde donde los solicitantes que hayan alegado podrán acceder a la propuesta de resolución definitiva correspondiente.

Formularios:

Contactos para la resolución de dudas

Para cuestiones administrativas o de índole procedimental:

Tfno.: 900 190 092
Correo electrónico: rsepyme@mityc.es

Para cuestiones informáticas:

Tfno.: 91 349 40 05
Correo electrónico: oficinavirtual@mityc.es

Listado de documentos:

Centros de Apoyo a Emprendedores
SubSede electrónica de la DGPYME
Sede electrónica del Ministerio
Cevipyme
Ayudatec
Red de Puntos de Tramitación Empresarial
Programa Fondos Titulización FTPYME

Dirección General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa
Ministerio de Industria, Energía y Turismo
Paseo de la Castellana, 160 plantas 11-12. - 28071 Madrid - España

Centro de Asesoramiento a Emprendedores

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