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Este Real Decreto rebaja para la Sociedad de Responsabilidad Limitada (SRL) el periodo de tiempo y el coste para su constitución:
Se establece la exención en el impuesto de transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados (ITP/AJD) en la constitución de sociedades.
En concreto los cambios se recogen en los artículos 3 (exención de la constitución de sociedades en el ITP/AJD) y 5 (regulación del procedimiento telemático de constitución de la SRL, en la que se establecen los nuevos tiempos y costes).
La siguiente tabla resume lo indicado anteriormente:
1. CS: Capital social2. RMP: Registro Mercantil Provincial3. Coste de los aranceles de notarios y registradores4. ITP/AJD: Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, en su modalidad de Operaciones Societarias.
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[1] Regulados en la Orden JUS/3185/2010, de 9 de diciembre, por la que se aprueban los Estatutos-tipo de las sociedades de responsabilidad limitada.
[2] La constitución de las sociedades mercantiles de capital que no sean de responsabilidad limitada o que, siéndolo, tuvieren entre sus socios personas jurídicas o el capital social fuere superior a 30.000 euros o cuyo órgano de administración delimitado en los estatutos sociales no se estructure como un administrador único, varios administradores solidarios, cualquiera que sea su número, o dos administradores mancomunados.