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¿Quién puede acceder al Programa?

​​​​​​​​​Podrán acceder aquellas empresas industriales con fabricación en España.

Los requisitos para poder tener la condición de beneficiarias son:

  • Tener la condición de PYME, entendiendo como tal, aquellas empresas que ocupan a menos de 250 personas y cuyo volumen de negocios anual no excede de 50 millones de euros o cuyo balance general anual no excede de 43 millones de euros.
  • Dedicarse al desarrollo de actividades industriales, cuya fabricación se produzca en España.
  • Tener dentro de su objeto social el desarrollo de actividades de las indicadas en las divisiones 10 a 32 inclusive del CNAE-2009.​
  • Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias.
  • Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social.
  • Asimismo, las empresas beneficiarias deberán cumplir con lo establecido en el artículo 13 de la Ley General de Subvenciones en lo referente a los requisitos para obtener la condición de beneficiaria.
  • Quedan excluidas de esta subvención las entidades públicas, entendiéndose por entidades públicas cualquier entidad de derecho público o privado que sean dependientes o estén vinculadas a cualquier Administración pública, según lo definido en el artículo 3 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
  • El asesoramiento a prestar a las empresas industriales será propuesto por la Fundación EOI en base a las necesidades indicadas en la solicitud de subvención.
  • La convocatoria de subvenciones regulará el ámbito geográfico de aplicación de esta ayuda.

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