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Descripción
El comercio intracomunitario es el realizado entre dos Estados miembros de la UE.
Existen dos flujos:
Todas las mercancías que circulen desde un Estado miembro de la Unión Europea a otro, serán objeto de las estadísticas de intercambio de bienes entre los Estados miembros (declaración Intrastat).
Los intercambios de mercancías con Estados miembros de la U.E. que tengan procedencia o destino a las Islas Canarias o las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla no se declaran en Intrastat.
Más información:
Organismo
Obligaciones de los empresarios