Formulario de búsqueda

Formas jurídicas de empresa

Sociedad Comanditaria Simple

Sociedad mercantil de carácter personalista que se define por la existencia de socios colectivos que aportan capital y trabajo y responden subsidiaria, personal y solidariamente de las deudas sociales, y de socios comanditarios que solamente aportan capital y cuya responsabilidad estará limitada a su aportación.

Características de la forma jurídica: número de socios, responsabilidad, capital social y fiscalidad
Número de socios Responsabilidad Capital Fiscalidad
Mínimo 2 Socios colectivos: ilimitada - Socios comanditarios: limitada No existe mínimo legal Impuesto sobre Sociedades

La Sociedad comanditaria o en comandita está regulada por el Código de Comercio.

  • Constituye una comunidad de trabajo en la que no participan los socios comanditarios y tiene plena autonomía patrimonial.
  • La preponderancia que en la sociedad tienen los socios colectivos permite considerarla como una sociedad de carácter personalista.

Mínimo 2.

Socios colectivos: Ilimitada - Socios comanditarios: Limitada al capital aportado.

No existe mínimo legal.

Impuesto sobre Sociedades.

  • Socios colectivos, bajo cuyo nombre girará la razón social, que aportan capital y trabajo, y responden personal y solidariamente de los resultados de la gestión social, sean o no gestores de la sociedad.
  • Socios comanditarios, que solamente aportan capital y su responsabilidad está limitada a su aportación, careciendo de derecho a participar en la gestión social.
  • Socios colectivos: derecho a participar en la gestión social, derecho de información y derecho a participar en las ganancias y en el patrimonio resultante de la liquidación.
  • Socios comanditarios:
    • Contenido económico: derecho a participar en las ganancias y derecho a participar en el patrimonio resultante de la liquidación.
    • Carácter administrativo: derecho a que se les comunique el balance de la sociedad a fin del año, entregándoles, durante un plazo mínimo de 15 días, los antecedentes y documentos precisos para comprobarlo y juzgar las operaciones.

volver volver al formulario

Nueva ventana. Portal EUGO
Nueva ventana. Sede del Ministerio
Nueva ventana. Portal PAE electrónico
Nueva ventana. Portal de ENISA
Nueva ventana. Portal de CERSA
Subir