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Sociedad Civil
Descripción
Contrato por el que dos o más personas ponen en común capital, con propósito de repartir entre si las ganancias.
* Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades.
Normativa
La Sociedad civil se rige por el Código de Comercio en materia mercantil y por el Código Civil en materia de derechos y obligaciones.
Ley 18/2022, de 28 de septiembre, de creación y crecimiento de empresas.
Características
Número de socios
Mínimo 2.
Responsabilidad
La responsabilidad de los socios capitalistas es ilimitada.
Capital
No se requiere un capital social mínimo.
Fiscalidad
Las Sociedades civiles tributan en el Impuesto sobre Sociedades cuando tienen un objeto mercantil (Instrucciones en relación con las Sociedades civiles como contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades - Agencia Tributaria).
Cuando su objeto no sea mercantil, la Sociedad no tributará por las rentas obtenidas, sino que éstas se atribuirán a los socios. Son éstos quienes realizarán el pago del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, Impuesto sobre Sociedades o Impuesto sobre la Renta de no Residentes, según sean contribuyentes o sujetos pasivos de cada uno de dichos impuestos.
Socios
Tipos de socios y funciones:
Las sociedades civiles por su objeto que no tengan forma mercantil podrán inscribirse en el Registro Mercantil. En la inscripción primera se hará constar las siguientes circunstancias:
En la hoja abierta a la sociedad serán inscribibles el nombramiento, cese y renuncia de los administradores, los poderes generales, su modificación, extinción o revocación, la admisión de nuevos socios, así como la separación o exclusión de los existentes, la transmisión de participaciones entre los socios, y las resoluciones judiciales o administrativas que afecten al régimen de administración de la sociedad.
AVISO: la tramitación telemática de esta forma jurídica, por el momento, está disponible sólo en algunas Comunidades Autónomas.
La creación de empresas por Internet (CIRCE) es un sistema que ofrece la posibilidad de realizar los trámites de constitución y puesta en marcha de la Sociedad Civil por medios telemáticos. De esta forma se evitan desplazamientos y se produce un ahorro sustancial en tiempo y costes.
Para crear una empresa por internet, los emprendedores acudiendo a un Punto de Atención al Emprendedor (PAE) deberán cumplimentar el Documento Único Electrónico (DUE) (ver vídeos explicativos de cada apartado del DUE).
Con el envío a través de internet del DUE cumplimentado, se inicia la tramitación telemática. A partir de este momento el sistema de tramitación telemática (STT-CIRCE) envía a cada organismo interviniente en el proceso la parte del DUE que le corresponde para que realice el trámite de su competencia.
El sistema, también, permite consultar, a través de Internet y previa autenticación, el estado del expediente: acceso a la consulta de expedientes.
Además, se pueden recibir mensajes en el teléfono móvil comunicando la finalización de los trámites más significativos.
IMPORTANTE: Como emprendedor o empresario, en el caso de creación o cese de una empresa, le informamos que tiene la obligación de revisar y firmar el DUE antes de enviarlo, para ello le recomendamos que solicite al PAE una copia impresa del DUE-pdf asociado a su expediente. Este documento contiene toda la información que ha sido cumplimentada a través del PAE Electrónico, y le facilitará la labor de verificar que dicha información está completa y es correcta. Así mismo, le aconsejamos que guarde la copia del DUE-pdf correspondiente al DUE enviado por si surgiese algún problema posterior en el proceso de tramitación.
TRÁMITES PREVIOS
Antes de cumplimentar el Documento Único Electrónico (DUE), los emprendedores deberán realizar la siguiente actuación:
CUMPLIMENTACIÓN DEL DUE
Una vez llevada a cabo la actuación indicada se deberá cumplimentar y enviar el DUE.
En el caso especial de que la Sociedad a constituir fuera a desarrollar una actividad encuadrada en el Régimen Especial de Trabajadores del Mar, el STT-CIRCE contrastará con la Dirección General de Marina Mercante los datos correspondientes a la embarcación elegida como Centro de Trabajo, y con la Secretaría General de Pesca los datos de la Licencia de Pesca.
Pasos que realiza el sistema telemático de creación de empresas, sin intervención del emprendedor, una vez cumplimentado el DUE:
Solicitud del NIF provisional
Solicitud del NIF provisional y se procede a la realización del Alta Censal.
Alta de los socios y alta de la Sociedad en el Censo de empresarios
Se comunica la Declaración Censal a la Administración Tributaria competente, en el caso que la Sociedad no tenga un objeto mercantil cada socio se dará de alta en el Censo y señalará la casilla correspondiente en el caso de estar obligados a los pagos fraccionados del IRPF por ser miembros de una Entidad en Atribución de Rentas.
Trámites en la Seguridad Social
El DUE se envía a la Tesorería General de la Seguridad Social o al Instituto Social de la Marina (TGSS/ISM). Una vez recibido, estos organismos generan:
La TGSS/ISM devuelve al STT-CIRCE los Códigos y números correspondientes.
Hay que señalar, que cuando se cumplimenta y se envía el DUE se realiza un pre-encuadramiento en el Régimen de Seguridad Social correspondiente en función de los datos introducidos, facilitando considerablemente la realización de los trámites que competen a la Tesorería General de la Seguridad Social y al Instituto Social de la Marina.
Solicitud del NIF definitivo
La Administración Tributaria confirmará el NIF definitivo al STT-CIRCE. Asimismo, notificará al emprendedor la finalización del proceso y remitirá el NIF definitivo al domicilio fiscal de la Sociedad.
Comunicación del inicio de actividad a la Agencia Tributaria
En el momento en el que se envía el DUE, también se comunica el inicio de actividad de la Sociedad Civil a la Administración Tributaria competente, mediante el envío de la Declaración Censal.
Con este trámite finaliza el proceso de creación de la Sociedad Civil.
TRÁMITES COMPLEMENTARIOS
Trámites complementarios que se pueden realizar a través de la cumplimentación del DUE.
Solicitud de Licencias en el Ayuntamiento
En aquellos ayuntamientos que colaboran con CIRCE o estén adheridos al proyecto Emprende en 3, se realizará la solicitud de licencias o la declaración responsable según el tipo de actividad de la empresa.
Solicitud de reserva de Marca o Nombre Comercial en la Oficina Española de Patentes y Marcas (OEPM)
Este trámite es opcional y se hace cuando así se solicite en el DUE.
Una vez realizada la solicitud, y embolsada la cantidad requerida a través del STT-CIRCE, la Oficina Española de Patentes y Marcas continuará con el procedimiento administrativo ordinario para el registro del signo distintivo.
El registro de una marca o un nombre comercial otorga a la empresa el derecho exclusivo a impedir que terceros comercialicen productos/servicios idénticos o similares con el mismo signo distintivo.
Comunicación de los contratos de trabajo al Servicio Público de Empleo Estatal
Este trámite consiste en realizar la legalización o alta de los contratos de trabajo de los trabajadores por cuenta ajena, si los hubiera.
TRAMITES NO INCLUIDOS EN EL SISTEMA
Existen una serie de trámites necesarios para constituir la Sociedad Civil que todavía no están cubiertos por CIRCE. Entre ellos:
DOCUMENTACIÓN E INFORMACIÓN PARA CUMPLIMENTAR EL DUE
Documentación a adjuntar al DUE
Documentación a aportar al PAE
Información
Aparte de esta documentación, los emprendedores deberán disponer de los siguientes datos:
En el aspecto económico:
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