Inicio - Creación de empresas - Contratación laboral - Tipos de contrato de trabajo - Transformación en indefinidos de los contratos de duración determinada o temporales, contratos formativos, de relevo y de sustitución por anticipación de la edad de jubilación
Los contratos formativos, de relevo y de sustitución por anticipación de la edad de jubilación, cualquiera que sea la fecha de su celebración, que se transformen en indefinidos hasta el 31 de diciembre de 2011 tendrán derecho a una bonificación en la cuota empresarial a la Seguridad Social de 41,67 euros/mes (500 euros/año) durante tres años. En el caso de mujeres dichas bonificaciones serán de 58,33 euros/mes (700 euros/año). (Ver "Contratos acogidos al Programa de Fomento del Empleo").
Cuando el contrato indefinido sea a tiempo parcial, las bonificaciones previstas en cada caso se aplicarán en las proporciones mencionadas en el apartado "Contratos acogidos al Programa de Fomento del Empleo"
Son los indicados para los contratos indefinidos acogidos al Programa de Fomento del Empleo.
Fuente: Punto de Información Administrativa del Ministerio de Empleo y Seguridad Social
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