Descripción general del programa

Solicitantes y beneficiarios

Requisitos que han de reunir las empresas beneficiarias:

Podrán solicitar y beneficiarse las empresas innovadoras del todo el territorio español, que cumplan los siguientes requisitos:

  • No hallarse incursa en ninguna de las prohibiciones a que hace referencia el artículo 13 de la Ley 38/2003, del 17 de noviembre, General de Subvenciones, o normativa aplicable en la materia propia de la Comunidad Autónoma Correspondiente.
  • Tener la condición de Pyme según la definición recogida en la Recomendación de la Comisión 2003/361/CE de6.5.03 (DOCE L 124 de 20.5.03)1.
  • Tratarse de una “empresa autónoma” según lo establecido en la Recomendación de la Comisión 2003/361/CE de 6 de mayo de 2003 (DOCE L 124 de 20.5.03)2.
  • Cumple la norma de minimis según lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 1998/2006, de 15 de diciembre de 20063.
  • Estar dada de alta en el Censo del IAE.

1 Art. 1: se considerará empresa toda entidad, independientemente de su forma jurídica, que ejerza una actividad económica. En particular, se considerarán empresas las entidades que ejerzan una actividad artesanal u otras actividades a título individual o familiar, las sociedades de personas y las asociaciones que ejerzan una actividad económica de forma regular.
Art. 2.: la categoría de microempresas, pequeñas y medianas empresas (PYME) está constituida por las empresas que ocupan a menos de 250 personas cuyo volumen de negocios anual no excede de 50 millones de euros o cuyo balance general anual no excede de 43 millones de euros.
En la categoría de las PYME, se define a una pequeña empresa como una empresa que ocupa a menos de 50 personas y cuyo volumen de negocios anual o cuyo balance general anual no supera a los 10 millones de euros.
En la categoría de las PYME, se define a una microempresa como una empresa que ocupa a menos de 10 personas y cuyo volumen de negocios anual o cuyo balance general anual no supera los 2 millones de euros.

2 Art.. 3.1.: Es una empresa autónoma la que no puede calificarse ni como empresa asociada ni como empresa vinculada (ver la disposición citada, que con criterio general hacer referencia a que ninguna empresa que no sea PYME posea o controle más del 35% del capital social o los derechos de votos).

3 Art. 2.2.: “La ayuda total de minimis concedida una empresa determinada no será superior a 200.000 euros durante cualquier periodo de tres ejercicios fiscales”.

Criterios de selección de empresas beneficiarias:

Fundación EOI realizará la selección de las empresas beneficiarias siguiendo los criterios de objetividad, competencia y concurrencia competitiva

 A cada empresa se le asignará una puntuación total obtenida por la calificación de los factores siguientes:

  • Potencial de mejora / crecimiento: máximo 50 puntos.
  • Grado de innovación: máximo 20 puntos.
  • Valoración del empresario y equipo gestor: máximo 30 puntos.

La puntuación de esos factores corresponderá a la suma ponderada de los subfactores que aparecen a continuación, valorándose cada uno de 1 a 10 puntos:

  • Potencial de crecimiento:
    • Sector y grado de crecimiento.
    • Mercado potencial
    • Nivel de empleo esperado a tres años vista
    • Calidad del empleo generado (% de titulados respecto de la plantilla)
  • Grado de innovación:
    • Existencia o no de Departamento de I+D+i: Equipo humano y presupuesto diferenciado
    • Dominio sobre la propiedad industrial
      o Existencia o no de Políticas de gestión de I+D+I
  • Valoración del empresario y del equipo gestor:
    • Nivel de experiencia empresarial
    • Nivel de involucración del equipo gestor
      • Dedicación
      • Capital arriesgado
      • Madurez

Dicha valoración será realizada por EOI.

Selección de empresas beneficiarias:

Las empresas seleccionadas para recibir los servicios de consultoría y asesoramiento especializado serán aquellas que obtengan mayor puntuación derivada de la suma de los criterios referidos en el punto 5.3.

La selección de las empresas que recibirán estos servicios se realizará por orden de puntuación o de orden de recepción de solicitud, , y atendiendo a la disponibilidad de fondos asignados de la Fundación EOI dentro del referenciado Programa Operativo CCI2007ES16UPO001 para todo el territorio nacional y con un límite máximo de 50 empresas beneficiarias.

Se creará un listado de reserva ordenado según puntuación obtenida para el caso de empresas preseleccionadas que renuncien a la participación, o para la libre disposición de EOI en función de recursos disponibles. La información sobre la situación de la selección de las empresas estará disponible en www.eoi.es

 

 

Escuela de Organización Industrial Dirección Gral de política de la PYME Fondo Europeo de Desarrollo Regional
Centros de Apoyo a Emprendedores
SubSede electrónica de la DGPYME
Sede electrónica del Ministerio
Cevipyme
Ayudatec
Red de Puntos de Tramitación Empresarial
Programa Fondos Titulización FTPYME

Dirección General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa
Ministerio de Industria, Energía y Turismo
Paseo de la Castellana, 160 plantas 11-12. - 28071 Madrid - España

Centro de Asesoramiento a Emprendedores

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