Portal PYME
Inicio - Cese de actividad - Extinción de las sociedades mercantiles - Liquidación del ITP y AJD, modalidad Actos Jurídicos Documentados
Liquidación del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (ITP y AJD)
Descripción
Modalidad: Actos Jurídicos Documentados
El impuesto recae sobre las personas que insten o soliciten los documentos notariales, o aquellas en cuyo interés se expidan.
El tributo se satisfará mediante cuotas variables o fijas, atendiendo a que el documento que se formalice, otorgue o expida, tenga o no por objeto cantidad o cosa valorable en algún momento de su vigencia. En este caso, la liquidación la realizará la sociedad como sujeto pasivo, y tendrá cuota cero (documento sin cuantía).
Organismo
Consejerías de Hacienda de las Comunidades Autónomas donde se encuentre domiciliada la sociedad.
Plazo
Treinta días hábiles a partir del otorgamiento de la escritura pública.
Documentación
Tipo
Obligatorio