La colaboración entre la Dirección General de Política de la Pequeña y Mediana Empresa (DGPYME) y la Federación de Entidades de Innovación y Tecnología (FEDIT) ha conseguido que la Comisión Europea considere a los Centros Tecnológicos españoles como “organizaciones de investigación”.
El reconocimiento de los Centros Tecnológicos como “Organizaciones de Investigación” es de suma importancia ya que posibilita que la adjudicación de ayudas a los Centros Tecnológicos para el desarrollo de sus actividades no económicas no sea considerada ayuda de Estado y, por tanto, no sea necesaria su autorización previa por la Comisión Europea.
Los Centros Tecnológicos españoles son entidades sin ánimo de lucro que tienen como fin contribuir a mejorar la competitividad de las empresas españolas, mediante el perfeccionamiento tecnológico y la innovación.
Para ello, los Centros Tecnológicos no sólo prestan una amplia gama de servicios tecnológicos a sus empresas clientes, sino que también llevan a cabo actividades propias de investigación que resultan imprescindibles para situarse en la frontera del conocimiento de su especialidad y que, en muchas ocasiones, se financian mediante fondos públicos.
Estas actividades propias de investigación son, en esencia, “actividades no económicas”, cuyos resultados pertenecen a la organización que ha realizado la investigación y que se ponen a disposición de todas las empresas del sector de forma indiscriminada, al igual que sucede con las actividades de investigación propia de los organismos públicos de investigación.
Sin embargo, la legislación europea vigente hasta la fecha consideraba que, únicamente en el caso de que la organización que llevase a cabo las actividades de investigación fuese de carácter público, las ayudas públicas no serían calificadas como ayudas de Estado
En la práctica el reciente reconocimiento de los Centros Tecnológicos como “Organizaciones de Investigación” supondrá que sus proyectos de investigación propia podrán recibir financiación pública de hasta el 100%.